jueves, 29 de noviembre de 2018

¿Por qué Setiembre y no Septiembre?

¿Por qué aparece escrito Setiembre y no Septiembre en el pergamino del Escudo de Armas en las monedas de Guatemala?

     Los que pertenecemos a las generaciones más recientes crecimos utilizando monedas que fueron acuñadas ya con esta característica, a pesar de que la manera usual en que nombramos al noveno mes del año es Septiembre, con «p». Pero ¿por qué aparece sin «p» en las monedas guatemaltecas? Pues bien, la respuesta se encuentra en la historia del Escudo de Armas de la República de Guatemala.

     En principio, debemos descartar que sea un error ortográfico porque ambas formas de escritura son correctas y reconocidas por la Real Academia Española. Aunque cabe resaltar que la RAE recomienda el uso de Septiembre como la manera más "culta". Quien quiera profundizar en la historia de dicha palabra puede hacer click aquí. En este artículo no nos detendremos a profundizar sobre la validez ortográfica o gramatical de la palabra, porque la razón por la que aparece en nuestras monedas de una manera y no de otra es histórica y legal, no ortográfica.

     El Escudo actual, cuyo diseño se le atribuye al hábil grabador suizo de la Casa de Moneda de Guatemala, Juan Bautista Frener, fue creado en el año de 1871, poco después de la Reforma Liberal, y constituido legalmente el dieciocho de noviembre del mismo año mediante el decreto número 33 del presidente Miguel García Granados. Dicho decreto en su artículo único, entre otras cosas, ordena que el pergamino en el centro del Escudo contenga la leyenda «Libertad, 15 de Setiembre de 1821», conmemorando el día de la declaración de independencia de Centroamérica.



1872-1925

     El nuevo Escudo de Armas aparece por primera vez en el numerario nacional en la moneda de un Peso acuñada en el año de 1872. Se lee la palabra «SETIEMBRE» en el pergamino de todas las monedas acuñadas durante este período, aunque en algunas ocasiones se abrevió a «SET».

      Debido a lo poco detallado del decreto 33, los artistas hacían sus propias interpretaciones, siendo estas muy distintas unas de otras. Incluso en los grabados de Frener encontramos diferencias como las que se aprecian a continuación:

Nótese la diferencia en la leyenda del pergamino y la ausencia del moño en 1889. Puede observarse la firma de Frener en la cacha del fusil izquierdo en la de 1881 y en la base de las ramas de laurel, "FRE-NER", en la moneda de 1889.


Ejemplos de Escudos con múltiples diferencias.
(Tocar o hacer click sobre las imágenes para ampliarlas)


1925-1970

     Luego de la primera reforma monetaria y bancaria del siglo XX, y a partir de 1925, se emiten las monedas de la nueva unidad monetaria, el Quetzal. En ellas encontramos la palabra «Septiembre», con «p», en el pergamino del Escudo. Esto claramente es un error, porque el decreto No. 33 no había sufrido ninguna modificación y se encontraba en vigencia. Este error persistió por cuarentaicinco años, apareciendo así en todas las monedas acuñadas desde 1925 hasta 1970.

     Observando esta situación, en junio de 1959, el historiador quetzalteco Francis Gall publicó un profundo estudio sobre nuestras insignias patrias, en donde, entre muchas otras cosas, señalaba la anarquía con la que los artistas interpretaban el decreto 33, el uso erróneo de la palabra Septiembre, el incumplimiento de algunas leyes heráldicas y la necesidad de crear un reglamento para evitar los problemas mencionados. Estas fueron sus conclusiones. Atención a los puntos 4 y 5:


«1. El escudo de armas debe tener campo celeste claro. Es decir, que el cuerpo del escudo debe ir sobre un campo o fondo azul celeste claro en el centro de la franja blanca de nuestro pabellón nacional.
2. Deben ser dos rifles (modelo de los empleados en 1871, es decir Remington) y dos espadas (no sables) de oro, enlazados (se refiere a rifles y espadas) con ramas de laurel.
3. El decreto no menciona que las armas ni las ramas de laurel estén atadas con cintas o lazas que –según las leyes heráldicas- no tienen razón de ser.
4. La leyenda correcta del pergamino debe ser, en letras de oro: “Libertad 15 de Setiembre de 1821”.
5. La leyenda mencionada en el punto (4) que antecede, debe mantenerse en la forma que fue decretada. Si se desea cambiar la palabra Setiembre por Septiembre como se ha venido efectuando, se requeriría una nueva ley que lo modificase.

6. No existe decreto alguno que indique la forma en que debe estar colocado el Quetzal, ya que se dispone únicamente que figure en la parte superior. Como se indica en el capítulo IV que antecede, de acuerdo con la Heráldica la figura del Quetzal debe estar colocada viendo hacia el lado diestro del mismo, pintado en sus colores naturales, con los ojos encendidos y sus patas membradas (es decir, en su color natural que es una especie de café claro). Todo, con la condición expresa que el campo donde figure sea de plata, única forma en que los esmaltes no se limitarían con esmaltes ni los metales con otros metales. En el caso específico de las espadas de oro, se salvaría fileteándolas de gules –rojo- en sus hojas, para evitar que los metales se limiten entre sí.
7. La ciencia del blasón no contempla fusiles o rifles.
8. Por último, para evitar que diferentes artistas realicen diseños arbitrarios de nuestro escudo de armas, se sugiere la posibilidad que lo antes posible el Gobierno acepte y adopte un diseño y que el mismo, por medio de decreto sea dado a conocer como el oficial. Con esto, se evitarían las variantes expuestas en el presente estudio.»

     Debido a esto, el 19 de diciembre de 1959, el presidente Ydígoras Fuentes emitió un acuerdo que decía lo siguiente:

“CONSIDERANDO: Que es necesario adoptar un diseño único del Escudo Nacional para ostentarlo en nuestra insignia patria y que esté dentro de lo dispuesto en el decreto del 18 de noviembre de 1871, para evitar la disparidad de los artistas que lo reproducen, POR TANTO, ACUERDA: Crear una Comisión integrada por los señores Enrique del Cid, Joaquín Parto y Rigoberto Bran Azmitia, para que estudie y determine cuál diseño debe de adoptarse de conformidad con el decreto citado. El presente acuerdo entra en vigor inmediatamente.”

     El 15 de febrero de 1960, la Comisión emitió un dictamen con varios razonamientos y observaciones. Y acerca del pergamino, se menciona:

- 13º. LEYENDA: Las leyendas no conservan uniformidad en su dibujo, redacción y longitud de las palabras, ejemplo: unas veces la leyenda está contenida en cinco líneas; otras, en seis o en cuatro, con abreviaturas y supresiones de palabras.
- 14º ORTOGRAFÍA: Tampoco hay uniformidad, se escribe “Setiembre” o “Septiembre”.

     En conclusión, recomiendan no modificar el Escudo porque ya estaba muy enraizado en la mente y corazón de la población, pero sí recomiendan reglamentar adecuadamente para evitar la anarquía que se había venido observando.

     El 18 de diciembre de 1963 se emitió un nuevo acuerdo gubernativo que conforma la Comisión que se encargaría del reglamento. Desafortunadamente, el trabajo de ésta no pudo avanzar y quedó suspendido debido al fallecimiento de dos de sus miembros: Joaquín Pardo y Antonio Tejeda Fonseca.

     El 31 de Julio de 1967, el Prof. Francis Gall, en calidad de presidente de la Sociedad de Geografía e Historia de Guatemala, envió una carta a Carlos Martínez Durán, Ministro de Educación, solicitando se reorganizara la comisión encargada de reglamentar las características y diseño del Escudo y Bandera nacionales. Dicha carta obtiene respuesta del ministro Martínez el 3 de agosto de 1967, manifestando su completo apoyo.

      El 30 de noviembre de 1967, siendo presidente el LIc. Julio César Méndez Montenegro, se emite el acuerdo número 353, que reorganiza la Comisión y nombra a las siguientes personas: Presidente: Ing. Manuel Angel Castillo Barajas, Director del Instituto Geográfico Nacional; Vicepresidente: Profesor Francis Gall, Presidente de la Socidedad de Geografía e Historia de Guatemala; Vocales: Licenciado David Vela, miembro de la Asociación de Periodistas de Guatemala; Licenciado Ernesto Chinchilla Aguilar, Director del Archivo General de Gobierno; y Coronel de Infantería Ricardo Antonio Escalante González, como miembro del Ejército Nacional. Todos realizaron sus funciones con carácter ad honorem. Y cabe mencionar que esta Comisión tuvo acompañamiento de varias instituciones, como la Academia Guatemalteca de Estudios Genealógicos, Heráldicos e Históricos.

     Esta comisión, además de varias reuniones informales entre ellos y con otros personeros de instituciones científicas del país, realizó quince sesiones formales en las instalaciones del Instituto Geográfico Nacional, del 15 de diciembre de 1967 al 15 de Julio de 1968.

     Sobre lo encontrado en las actas de dichas sesiones se destaca que en el punto tercero de la sesión número 3, la Comisión acuerda hacer suyo y tomar como base el estudio realizado por el Prof. Francis Gall en junio de 1959. En el segundo punto, inciso f, de la 4ta. sesión, llevada a cabo el 27 de marzo de 1968, se define el pergamino, quedando pendiente definir sus colores. En la sesión número 10, llevada a cabo el 9 de mayo de 1968, se define por completo el Artículo 8 del reglamento, que se refiere al pergamino. Dicho artículo queda de la siguiente manera:

«8. El pergamino –como portador del alma- y con un ancho equivalente a un tercio (1/3) de la circunferencia imaginaria de las ramas de laurel, está desenrollado con una vuelta hacia el frente en su parte superior y una vuelta hacia el reverso en la inferior. La superior está a la altura del encastre de las bayonetas y la inferior descansa sobre las hojas de las espadas. Centrado en la parte extendida del pergamino, con letras de oro, en mayúsculas y en cuatro líneas, figura la siguiente leyenda: primera línea LIBERTAD; segunda línea 15 DE; tercera línea SETIEMBRE y cuarta línea DE 1821. El color crema-marfil del pergamino equivale al ISCC-NBS 92 y White, o VM 4.5 y 9.2, y el oro es igual al del filete que limita el escudo y al de las empuñaduras de las espadas.»

Escudo hecho por Víctor Manuel Aragón Caballeros, aprobado por la Comisión en la sesión número quince, llevada a cabo el 15 de Julio de 1968.

      Concluido el trabajo de la Comisión, el 12 de septiembre de 1968 se firmó en el despacho presidencial el Acuerdo Gubernativo que reglamenta los colores y diseño de la Bandera y Escudo Nacionales, el mismo entró en vigor el 15 de septiembre del mismo año.



Diario de Centroamérica, 15 de Sept. de 1968 (Fotos: Carlo Arreaga)

     En el nuevo reglamento, que pretendía acabar con 97 años de anarquía en la materia, se especifican minuciosamente todos los detalles que deben ostentar la Bandera Nacional y nuestro Escudo de Armas. Entre los detalles que destacan, notamos que el Escudo, cuando se represente fuera de la Bandera, será circular en un campo celeste claro, limitado por un filete de oro. Se elimina el moño. Se establece que deben ser espadas, no sables, y sus empuñaduras deben ser del mismo color dorado que la leyenda en el pergamino y el filete que delimita el círculo. Los fusiles deben ser Remington, de la época de 1871, con bayoneta triangular calada. Las ramas de laurel se representan sin florescencia. El Quetzal debe ir diestrado (viendo hacia su derecha) y con el pico horizontal. El artículo 9 del acuerdo especifica las características del pergamino y el artículo 16 menciona lo que debe suceder con el Escudo en las monedas:




«Artículo 9. El pergamino, cuya leyenda hace inmortal la fecha del nacimiento de la patria, va desenrollado en el centro del escudo, sobre el cruce de los rifles; tiene una vuelta y media hacia el frente de la parte superior y una vuelta y media hacia el reverso en la inferior, descansando ésta sobre las hojas de las espadas. Centrada en el pergamino, figura la siguiente leyenda en letras de oro, mayúsculas, en cuatro líneas, así: en la primera LIBERTAD, en la segunda 15 DE, en la tercera SETIEMBRE, y en la cuarta DE 1821.»

«Artículo 16. Dicha substitución no incluye a los símbolos y documentos de valor histórico ni a los que forman parte integrante de monumentos o edificaciones en general.
  En cuanto al uso del escudo en monedas y demás valores del Estado, se estará a lo que disponen las leyes y reglamentos de la materia.»


1971-Presente

     La Junta Monetaria y la Casa de Moneda de Guatemala cumplen con el acuerdo y a partir del año de 1971 se empieza a utilizar el renovado Escudo Nacional, con los nuevos detalles reglamentados, como queda evidenciado en nuestras monedas.



     Como vemos, tradicionalmente, «SETIEMBRE» es la manera correcta en que debe escribirse el mes de la independencia en el pergamino del Escudo Nacional, y es la razón por la que siempre lo veremos así en nuestras monedas. Desafortunadamente, años después de emitido el acuerdo gubernativo y el reglamento, es casi imposible encontrar un escudo que cumpla cabalmente con lo establecido en la ley. Por ello, y para evitar más confusiones, el 26 de noviembre de 1997 se publicó en el diario oficial el decreto legislativo No. 104-97, que buscaba simplificar y actualizar definitivamente las disposiciones referentes a la Bandera y el Escudio. En este se permite que el fondo del lienzo donde se presente el Escudo pueda ser de color blanco y también que el mes de la independencia se pueda escribir con «P», debido a que es la manera más usual de escribirse en nuestros tiempos.



Agradecimientos a Carlo Arreaga por su colaboración.

Cristian A. Vargas Castillo.
Noviembre de 2018
Primera actualización, Agosto de 2019
Segunda actualización, Enero de 2021

Bibliografía:
- Gobierno de Guatemala. (1881). Recopilación: Las Leyes emitidas por el Gobierno democrático de la República de Guatemala, 1871-1876 I. Guatemala: Tipografía El Progreso.
- Gall, Francis. (1959). Estudio sobre las Insignias Nacionales de Guatemala.
- Dictamen de la Comisión sobre reformas al Escudo Nacional. (1960).
- Informe de la Comisión, de fecha 26 de junio de 1968. (1968).
- Actas de sesiones de la Comisión. (1968).
- Proyecto de Reglamento de la Bandera y Escudo Nacionales. (1968).
- Colores y Diseño de la Bandera Nacional (1968-9-15). Diario de Centro América.
- Decreto Número 104-97. 26 de noviembre de 1997. Diario de Centro América, Tomo CCLVII, No. 84.

6 comentarios:

  1. Interesante dato, apuesto que muchos ni lo han notado!

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  2. Pues yo ni sabía que se podía escrivir sin la "p"...
    Vaya a ver si quien eligió esa forma, lo hizo apenas porque era una palabra más corta y cabía mejor en el diseño.
    Bueno, no sé que piensan los otros.

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  3. Pues vuelvo a pedido del autor de la nota para ver el resultado de su investigación...
    Muy buen artículo Cristian. De verdad como te lo dije cuando te conocí hace mucho más que un lustro... Tienes el don de la escrita para cosas sérias. Deberías aprofundarte mucho más en temas de la história.
    Gran trabajo.

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  4. Excelente !!! Muy buena información y bien argumentada

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  5. Excelente!!! Gracias por la Información, tenía esa duda.

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